Preguntas frecuentes
Todas las respuestas a sus preguntas en un solo lugar
Si mi licencia de conducción actual es de categoría para conducir vehículos públicos y está vencida, pero en la actualidad no manejo este tipo de vehículos. ¿Qué debo hacer?
Si la licencia que usted porta actualmente es para conducir vehículo de servicio público, ésta le sirve para conducir vehículo particular siempre y cuando dicha licencia esté vigente. Si su licencia para conducir vehículo público está vencida, debe realizar el proceso de renovación.
Si mi licencia es para conducir vehículo particular y se encuentra vigente según la Ley, pero se me perdió el plástico, ¿Qué trámite debo adelantar?
Debe adelantar el trámite de un duplicado y al ser expedido, éste le quedará actualizado con la vigencia hasta el 2022
¿El trámite de duplicado requiere hacer el examen médico?
No, solamente debe acercarse al Organismo de Tránsito para que le den el duplicado.
¿En los Centros de Reconocimiento puedo pagar directamente el examen médico?
No, usted debe cancelar el valor del examen utilizando los mecanismos tecnológicos puestos a su disposición para el pago y exigidos por la Superintendencia de Puertos y Transporte en su sistema de vigilancia (https://www.sosimetric.com/medico-conductores).
Si usted no tiene internet, escribanos por WhatsApp al +57 316 5611186.
¿Las licencias de servicio particular también hay que renovarlas?
Si, porque todas ellas están vigentes de conformidad con lo señalado en el Decreto 019 de 2012, el cual dispuso que tenían una vigencia de 10 años a partir de enero de 2012. Por lo tanto, hoy quienes portan licencias para conducir vehículo particular están obligados a renovarla.
¿Puedo ir al Centro de Reconocimiento SIMETRIC a hacerme los exámenes médicos, sin haber solicitado una cita?
Si, usted puede acercarse al Centro de Reconocimiento a solicitar su cita y que le liquiden el valor de su examen.
¿Puedo realizar el trámite de renovación de licencia en otro país?
No, por el momento este trámite solo se puede realizar en Colombia. La razón por la cual no es posible hacerlo en el exterior, es porque requiere la validación de la valoración médica en un Centro de Reconocimiento habilitado por el Ministerio de Transporte y su presencia ante el Organismo de Tránsito.
¿Si soy una persona de la tercera edad, también debo realizar ese trámite?
Si, debe realizar el proceso completo. Sin embargo, cuando usted se acerque al Centro de Reconocimiento y al Organismo de Tránsito a usted le darán prioridad para que lo atiendan de forma inmediata. Si usted tiene entre 60 y 80 años, la vigencia de su licencia de conducción será de 1 año para conducir vehículos de servicio público y de 5 años para conducir vehículos de servicio particular. Si usted es mayor de 80 años, deberá renovar su licencia cada año para poder conducir